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Senado: 141/13
Camara: 146/13

POR LA CUAL SE DEROGA LA LEY 1157 DE 2007 POR LA CUAL SE DESARROLLA EL ARTICULO 227 DE LA CONSTITUCION POLITICA, CON RELACION A LA ELECCION DIRECTA DE PARLAMENTARIOS ANDINOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: MINISTRA DE RELACIONES EXTERNAS MARIA ANGELA CUELLAR
Origen: CÁMARA DE REPRESENTANTES
Fecha de Presentación: 01 Noviembre 2013
Repartido a Comisión: PRIMERA
Ponente Primer Debate: H.S. EDUARDO ENRIQUEZ MAYA
Ponente Segundo Debate: HS EDUARDO ENRIQUEZ MAYA
Fecha de Aprobación Primer Debate: 27 Noviembre 2013
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 10 Diciembre 2013
Estado: LEY 1729 DEL 29 DE JULIO DE 2014
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
Gaceta N° 890/13 Gaceta N° 938/13 Gaceta N° 993/13
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
Gaceta N° 1048/13
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate: GERMAN VARON COTRINO
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 27 Noviembre 2013
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado:
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Camara: Primera Ponencia Camara: Segunda Ponencia Camara:
Gaceta N° 802/12 Gaceta: 938/13 Gaceta No. 994/13
Texto Plenaria Camara: Conciliación Camara: Objeciones Camara:
Tema: ELECTORAL
Resumen:
Deróguese la Ley Estatutaria 1157 de 2007 por la cual se desarrolla el artículo 227 de la Constitución Política de Colombia con relación a la elección directa de Parlamentarios Andinos. Artículo 2°. Mientras se establece un régimen electoral uniforme en el marco de la Comunidad Andina, para el período que inicia el 20 de julio de 2014, los Representantes de la República de Colombia ante el Parlamento Andino serán designados por el Congreso de la República de entre sus Congresistas y conforme a las reglamentaciones internas que sobre el particular se establezcan, de tal manera que se garantice en todo momento la participaciónde la República de Colombia en ese órgano del Sistema Andino de Integración.
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