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Senado: 101/13
Camara:

POR LA CUAL SE ESTABLECE EL MARCO JURÍDICO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL MINIMO VITAL EN SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS Y EL FOMENTO A LA UNIVERSALIZACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.S. OSCAR DE JESÚS MARÍN M, EUGENIO PRIETO SOTO.
H.R: SIMÓN GAVIRIA MUñOZ, IVáN DARÍO AGUDELO Z, VICTOR RAÚL YEPES F.
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Fecha de Presentación: 19 Septiembre 2013
Repartido a Comisión: SEXTA
Ponente Primer Debate: H.S. EUGENIO PRIETO SOTO
Ponente Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado: ARCHIVADO SEGÚN ART 190 LEY 5/92,
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
Gaceta 749/13 Gaceta 963/13
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate:
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado:
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Camara: Primera Ponencia Camara: Segunda Ponencia Camara:
Texto Plenaria Camara: Conciliación Camara: Objeciones Camara:
Tema: SECTOR SERVICIOS PUBLICOS
Resumen:
La presente Ley tiene por objeto modificar las leyes 142 y 143 de 1994 y la Ley 1341 de 2009, con el fin de integrar el derecho al mínimo vital en servicios públicos domiciliarios y fomentar la Universalización de los servicios de Telecomunicaciones a las obligaciones de los prestadores de los servicios, las de las autoridades nacionales y territoriales y las de los usuarios con capacidad de pago, así como definir el marco general que sobre esta materia debe tomarse en cuenta al establecer el régimen regulatorio y reglamentario de cada uno de los servicios. Los servicios a que se refiere esta Ley, son todos a los que se hace referencia en los artículos 1º y 14 de la ley 142 como servicios públicos domiciliarios. En materia de telecomunicaciones se hace referencia a los servicios convergentes fijos y móviles, de voz y datos a que hace referencia la ley 1341 de 2009.
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