Se crea el Sistema de Protección al Desempleado, el cual tiene por objeto integrar los elementos de protección social al desempleado y apoyarlos en la generación de opciones alternativas de trabajo formal en que usen sus capacidades. El Sistema de Protección para el Desempleado será dirigido por el Gobierno Nacional y constará de un seguro de desempleo y de un Sistema de Inserción y Capacitación Laboral. Los beneficiarios serán trabajadores asalariados que además de tener un ingreso inferior a los dos salarios mínimos mensuales, deben estar afiliados a las Cajas de Compensación Familiar, durante un periodo de 12 meses consecutivos y ser mayores de edad. Serán considerados desempleados aquellas personas que hayan perdido su empleo por despidos sin justa causa, por declaratoria de insubsistencia, mutuo acuerdo, supresión de cargos por fusión, transformación o liquidación de entidades públicas o empresas privadas y cesación de la actividad laboral ajena a la voluntad del afiliado. Este seguro tendrá un duración de 6 meses y la tasa de reemplazo para el primer mes del seguro será del 90% del último salario devengado y se aplicará de manera decreciente para los siguientes meses, en concordancia con lo que disponga el Consejo de Aseguramiento, creado mediante esta iniciativa.