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Senado: 018/11
Camara: 176/11

POR MEDIO DE LA CUAL SE EXPIDE EL ESTATUTO DE ARBITRAJE NACIONAL E INTERNACIONAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA, GERMáN VARGAS LLERAS.
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Fecha de Presentación: 26 Julio 2011
Repartido a Comisión: PRIMERA
Ponente Primer Debate: HH.SS. Coordinador: Juan Fernando Cristo Bustos - Ponentes: Hernán Andrade, Manuel Enrique Rosero, Hemel Hurtado, Luis Carlos Avellaneda, Jorge Eduardo Londoño
Ponente Segundo Debate: HH.SS. Coordinador: Juan Fernando Cristo Bustos - Ponentes: Hernán Andrade, Manuel Enrique Rosero, Hemel Hurtado, Luis Carlos Avellaneda, Jorge Eduardo Londoño
Fecha de Aprobación Primer Debate: 29 Noviembre 2011
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 13 Diciembre 2011
Estado: LEY
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos Senado: Primera Ponencia Senado: Segunda Ponencia Senado:
Gaceta No 542/11 Gaceta 817/11 Gaceta 946/11
Texto Plenaria Senado: Conciliación Senado: Objeciones Senado:
Gaceta 987/11 Gaceta 358/12
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate: HH.RR. COORDINADOR: HERNANDO PRADA - PONENTES: CARLOS E. OSORIO, GUSTAVO HERNáN PUENTES, HUGO ORLANDO VELáSQUEZ, CARLOS GERMáN NAVAS, JUAN CARLOS SALAZAR, GERMáN VARóN, JOSé RODOLFO PéREZ, MIGUEL GóMEZ MARTíNEZ
Ponentes Segundo Debate: HH.RR. Coordinador: Hernando Prada - Ponentes: Carlos E. Osorio, Gustavo Hernán Puentes, Hugo orlando Velásquez, Carlos Germán navas, Juan Carlos Salazar, Germán Varón, José Rodolfo Pérez, Miguel Gómez Martínez
Fecha de Aprobación Primer Debate: 17 Abril 2012
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 13 Junio 2012
Estado:
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos Camara: Primera Ponencia Camara: Segunda Ponencia Camara:
Gaceta 108/12 Gaceta 321/12
Texto Plenaria Camara: Conciliación Camara: Objeciones Camara:
Gaceta 393/12 Gaceta 355/12
Tema: ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Resumen:
Se fortalece el arbitraje a nivel nacional con el fin de garantizar el acceso a la administración de justicia, sin necesidad de acudir al aparato judicial. Con esta iniciativa, se amplía el marco de los asuntos que pueden adelantarse mediante arbitraje, el cual no sólo comprende aquellos asuntos transigibles, sino todos aquellos que el legislador indique, igualmente se reglamenta lo relacionado con los impedimentos y recusaciones de los árbitros, Secretarios y Magistrados, por lo tanto se establece que los Árbitros y los Secretarios están impedidos y son recusables por las mismas causales previstas para los Jueces en el Código de Procedimiento Civil y por las Inhabilidades, prohibiciones y conflictos señalados en el Código Disciplinario. Se establece el tiempo máximo de duración de un proceso arbitral, así como de las suspensiones a las cuales se puede acudir, para efectos de cumplir con los objetivos del mismo cual es celeridad en los procedimientos. Se limita el número de procesos arbitrales que pueden ser atendidos simultáneamente por árbitros y Secretarios, en aquellos asuntos en los que sea parte el Estado o alguna Entidad Pública, para ello se establece que no podrán desempeñarse simultáneamente como tal en más de 5 Tribunales. De la misma manera se regula el desarrollo del trámite arbitral, atendiendo las discusiones presentadas con ocasión a la Sentencia C-1038/02. Se elimina la posibilidad, mediante caución, de suspender la ejecución del laudo arbitral objeto del recurso de anulación, salvo que quien lo interponga sea el Estado o una Entidad Pública y finalmente se establece que no serán los Tribunales Superiores o los Tribunales Administrativos quienes tengan la competencia para resolver el recurso de anulación, sino la Sala Civil de la Corte Suprema de Justica
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