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Senado: 049/07
Camara: 308/09

"Por la cual se reglamenta el Ejercicio Profesional del Tecnólogo en Criminalística y Ciencias Forenses"

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: HH.SS. Rubén Darío Quintero – HH.RR. Omar Flórez Vélez.
Origen: Senado de la Republica
Fecha de Presentación: 01 Agosto 2007
Repartido a Comisión: Sexta
Ponente Primer Debate: HH.SS. Rampon Elías López.
Ponente Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 20 Mayo 2008
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 25 Marzo 2009
Estado: ARCHIVADO. Artículo 190, ley 5 de 1992.
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos: Primera Ponencia: Segunda Ponencia: Texto Plenaria: Conciliación
Gaceta 366/07 Gaceta 627/07 Gaceta 910/08 Gaceta 189/09
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate:
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado:
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos: Primera Ponencia: Segunda Ponencia: Texto Plenaria: Conciliación
Tema:
Resumen:
La presente ley define la actividad profesional de los Tecnólogos en Criminalística y Ciencias Forenses reglamenta su ejercicio o prácticas profesionales, determina su naturaleza, campo de aplicación, señala su organización y acreditación por parte del Gobierno Nacional.El ejercicio profesional del Tecnólogo en Criminalística y Ciencias Forenses tiene como función el asesoramiento técnico a los jueces y funcionarios judiciales para acompañar la recolección de pruebas para comprobar la presunta responsabilidad penal. Además pueden adelantar estudios sociales y criminológicos, para contribuir con su formación profiláctica a contrarrestar el alto índice de impunidad y de corrupción, que hoy presenta la justicia colombiana.
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