Camara: |
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"Mediante el cual se crean Unidades de Ciudadanos Paliativos para el Manejo Integral de Pacientes Terminales y se prohíben para ellos los Tratamientos Extraordinarios o desproporcionados que no dan calidad de Vida" |
TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA | |
Autor: | HH.SS. Álvaro Ashton Giraldo. |
Origen: | Senado de la Republica |
Fecha de Presentación: | 27 Febrero 2008 |
Repartido a Comisión: | Septima |
Ponente Primer Debate: | HH.SD. Dilián Francisca Toro Torres. |
Ponente Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 01 Enero 0000 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 |
Estado: | Archivado en concordancia con el Art. 190 Ley 5ª de 1992 |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
Gaceta 70/08 | Gaceta 328/08 |
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES | |
Ponentes Primer Debate: | |
Ponentes Segundo Debate: | |
F. Aprobación Primer Debate: | 01 Enero 0000 |
F. Aprobación Segundo Debate: | 01 Enero 0000 |
Estado: |
Exposición de Motivos: | Primera Ponencia: | Segunda Ponencia: | Texto Plenaria: | Conciliación |
Esta iniciativa tiene como objeto que los enfermos terminales tengan derecho a ser atendidos de manera integral y ante una enfermedad degenerativa e irreversible, por expreso deseo del paciente, pueda desistir de la aplicación de medidas médicas extraordinarias con el fin de prolongar la vida y prohibir el enseñamiento terapéutico, entendida como el derecho de todo ser humano a experimentar una muerte en paz, de acuerdo a la dignidad trascendente de la persona humana, sin prolongar la existencia por medios extraordinarios o desproporcionados, dejando en claro que en ningún momento la vida se interrumpe por parte del personal médico, si lo hay, el suministro de asistencia y auxilio normal para este tipo de casos, incluyendo el manejo de la enfermedad con la denominada medicina paliativa.
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