Este proyecto de ley tiene por objeto garantizar al Adulto Mayor el pleno ejercicio de sus derechos a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben brindarle de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de La Constitución Política. Se entiende por Adulto Mayor, Anciano o Persona de la Tercera Edad, aquellas personas mayores de sesenta (60) años. Las disposiciones de esta ley amparan a todos aquellos adultos mayores, colombiano o extranjeros con residencia permanente en el país y sus normas se aplicarán preferentemente a las demás disposiciones existentes sobre la materia y siempre se interpretaran en razón del interés y protección del Adulto Mayor.