Dada la importancia que han asumido las actividades de intermediación aduanera en el comercio, facilitando a los usuarios el cumplimiento de las normas y colaborando a las autoridades aduaneras en su aplicación, se ratifica la necesidad de que su accionar sea regulado por el Gobierno, facultado en las disposiciones de la ley marco emanada del legislativo. Las disposiciones que conformen el régimen aduanero deben incluir la posibilidad para los particulares de corregir voluntariamente sin sanción, los errores, inexactitudes u omisiones que no hayan sido previa y formalmente detectados por la autoridad aduanera.