» Back
Imprimir

Senado: 121/05
Camara: 309/06

"POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA RESERVA DE LA POLICÍA NACIONAL"

TRAMITE EN SENADO DE LA REPUBLICA
Autor: H.S GERMAN VARGAS LLERAS
Origen: SENADO DE LA REPUBLICA
Fecha de Presentación: 04 Octubre 2005
Repartido a Comisión: SEGUNDA
Ponente Primer Debate: H.S ENRIQUE GÓMEZ Y LUIS GUILLERMO VÉLEZ
Ponente Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 07 Junio 2006
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 15 Junio 2006
Estado: ARCHIVADO EL 09 DE FEBRERO DE 2007
Publicaciones Senado:
Exposición de Motivos: Primera Ponencia: Segunda Ponencia: Texto Plenaria: Conciliación
GACETA 693/05 GACETA 898/05 GACETA 184/06 GACETA 215/06
TRAMITE EN CAMARA DE REPRESENTANTES
Ponentes Primer Debate: H.R LUIS FELIPE BARRIOS, JOAQUIN CAMELO
Ponentes Segundo Debate:
Fecha de Aprobación Primer Debate: 01 Enero 0000
Fecha de Aprobación Segundo Debate: 01 Enero 0000
Estado: ARCHIVADO EL 09 DE FEBRERO DE 2007
Publicaciones Camara:
Exposición de Motivos: Primera Ponencia: Segunda Ponencia: Texto Plenaria: Conciliación
GACETA 424/06
Tema:
Resumen:
El objeto del proyecto es reglamentar la Reserva de la Policía Nacional creada por el artículo 50, literal e) de la Ley 48 de 1993.
El Proyecto establece una organización nacional de la Reserva de la Policía Nacional y la dirección de estos estará a cargo de oficiales en Servicio Activo, a fin de evitar la creación de puestos que generen erogaciones presupuestales a cargo del Gobierno Nacional, tal como lo solicito la misma Policía Nacional. El Comité Asesor, no genera tampoco gasto adicional a la Institución porque quienes lo integran son cinco (5) miembros retirados de la Policía que devengan su pensión por ley y dos en servicio activo que tampoco recibirán dinero adicional por su trabajo.
De todas maneras la estructura se ha hecho de acuerdo a las necesidades planteadas por la Dirección General de la Policía y atendiendo a los niveles de responsabilidad se estableció una Dirección Nacional de la Reserva que estará bajo el mando directo de la Dirección General y unas regionales de los Comandos de Región, Departamental de los Comandos de Departamento, municipal de los Comandos de las Metropolitanas en las ciudades en las que tienen jurisdicción.
» Back Next entry