El objeto del proyecto es reglamentar la Reserva de la Policía Nacional creada por el artículo 50, literal e) de la Ley 48 de 1993.
El Proyecto establece una organización nacional de la Reserva de la Policía Nacional y la dirección de estos estará a cargo de oficiales en Servicio Activo, a fin de evitar la creación de puestos que generen erogaciones presupuestales a cargo del Gobierno Nacional, tal como lo solicito la misma Policía Nacional. El Comité Asesor, no genera tampoco gasto adicional a la Institución porque quienes lo integran son cinco (5) miembros retirados de la Policía que devengan su pensión por ley y dos en servicio activo que tampoco recibirán dinero adicional por su trabajo.
De todas maneras la estructura se ha hecho de acuerdo a las necesidades planteadas por la Dirección General de la Policía y atendiendo a los niveles de responsabilidad se estableció una Dirección Nacional de la Reserva que estará bajo el mando directo de la Dirección General y unas regionales de los Comandos de Región, Departamental de los Comandos de Departamento, municipal de los Comandos de las Metropolitanas en las ciudades en las que tienen jurisdicción.